PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, el aumento de Obligación Manutención; realizado por la ciudadana Julia Yuliana Zambrano Rosales, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.608.952, contra el ciudadano Eladio Alberto Moncada Medina venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.640.836 quedando la Obligación de Manutención para la niña A.Y.M.Z, de seis (06) años de edad; en la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,oo) mensuales. Y para agosto del año 2017, el padre tiene que comprar el 50% de los útiles escolares, comprar el uniforme de clase y zapato escolar y para diciembre la cantidad adicional de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000) depositadas en la cuenta de ahorro a nombre de la madre del beneficiario a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente decisión.
PARTICULAR SEGUNDO: El padre debe pagar el 50% de los gastos medico y medicina, exámenes de laboratorio, cirugía y hospitalizaci.....