ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO.- NIEGA la solicitud de Examen y Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Tribunal contra el imputado RIGOBERTO TORRADO RINCON plenamente identificado en autos, presentada por su Defensora Pública abogada AIDA FABIANA REYES COLMENARES, en virtud de que el Ministerio Público presentó dentro del plazo legal el acto conclusivo y además, aún continúan vigentes las circunstancias y los extremos exigidos por los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal para mantener la privación judicial.