AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, contra el adolescente para el momento de los hechos IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ART. 545 DE LA LOPNA, recluido actualmente en el Cuartel de Prisiones del Estado Táchira, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto en el articulo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal vigente, en perjuicio de Javier Antonio Molina, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente, ADMITE las pruebas promovidas por considerarlas, lícitas, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos controvertidos.
SEGUNDO: Declara Responsable Penalmente al adolescente para el momento de los hechos IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ART. 545 DE LA LOPNA, recluido actualmente en el Cuartel de Prisiones del Estado Táchira, po.....