DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los cónyuges: LUIS ALBERTO ESCALANTE CONTRERAS y DORIS YARMILA PADILLA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-4.205.382 y V.-9.596.801 respectivamente, domiciliados en Colina de Belandria, Calle Principal Nº 46, Belandria, Municipio Independencia, Estado Táchira; de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil.