PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por la ciudadana Gladys María Galvis Silva ya identificada, contra la Abogada Reina Mayleni Suárez Salas, jueza del juzgado primero de primera instancia en lo civil, mercantil y del tránsito de la circunscripción judicial del Estado Táchira, en escrito de fecha 26 de marzo de 2009.
SEGUNDO: SE IMPONE a la recusante, una multa de dos bolívares fuertes (Bs. 2,00), de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, que deberá ser cancelada ante el tribunal donde se intentó la recusación, quien actuará como Agente del Fisco Nacional, para su ingreso en la Tesorería Nacional, en el lapso de tres (03) días, el cual comenzará a correr una vez que el tribunal de la causa expida la planilla especial para ser cancelada ante una oficina receptora de fondos nacionales; igualmente en ese lapso se acreditará el pago mediante la consignación en el expediente del comprobante correspondiente. (Sentencia N° 684, exp. N.....