PRIMERO: Se Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES, (Bs.800,oo) mensuales y una cuota extraordinaria para los meses de Septiembre y Diciembre, por temporadas escolares y decembrinas, respectivamente, en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), por lo que para dichas fechas debe ser depositada la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1600,oo).
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto sé encuentra aperturada en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la ciudadana, AVENDAÑO PERNIA IRENE JOSEFINA.