DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del El ciudadano FRANCISCO JAVIER SANCHEZ CORDON, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-82.083.695 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana CARMEN JULIA RODRIGUEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.972.724 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano FRANCISCO JAVIER SANCHEZ CORDON, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Abril de 2.013.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la tempora.....