Es evidente que los padres tienen el deber de cumplir con la sagrada obligación de dar alimento, educación, vestuario, asistencia médica y medicinas, recreación y cultura, así mismo y por cuanto la madre de los niños solicitó al Tribunal la cantidad CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000°°) mensuales, y que cubra el 50% de gastos escolares de los gastos tradicionales de fin de año, y 50% de gastos médicos y medicinas; y atendiendo al principio del Interés Superior del Niño consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño