Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, ratifican el acuerdo consignado en esta fecha por ambas partes al expediente, y se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada paga en este acto a los demandantes de la siguiente manera: 1) LUIS ALEJANDRO DEPABLOS GUERRERO la suma de SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.776.054,43), tal como consta en cheque de gerencia contra el Banco Venezolano de Crédito, tal como consta en copia simple que se agrega a esta acta. 2) WILLIAMS BENITO GUERRERO CHACÓN la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUARENTA BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs.659.040,20), tal como consta en cheque de gerencia contra el Banco Venezolano de Crédito tal como consta en copia simple que se agrega a esta acta. 3) LUIS ALEJANDRO FLORESZ BECERRA la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIEN BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.547.100,85), tal como con.....