PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra del acusado VÍCTOR MIGUEL ACEVEDO RUEDA, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira; nacido en fecha 28 de Agosto de 1975, de 34 años de edad, hijo de Olga Acevedo (v), titular de la cédula de identidad No. V-11.112.827, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en la Victoria, parte alta, calle 3, No. 2-32, a una cuadra del Abasto la 20, Rubio, Estado Táchira, teléfono 0276-762.06.40 y 0414-176.27.67, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Primer Aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad a lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por el Representante del Mini.....