Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DOS DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, representada por la Abogada ISOL ABIMILEC DELGADO, contra el IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA ART. 545 DE LA LOPNNA, ampliamente identificado; por la presunta comisión del delito de los delitos de CO AUTOR DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 83 Ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos L.N.Y G.H. y ASOCIACIÓN previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; de conformidad con lo establecido en el.....