En base a todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN invocada por la parte demandada Sociedad Mercantil GRANEL GAS COMPAÑÍA ANÓNIMA. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA que por ACCIDENTE LABORAL, incoara el ciudadano YEISON JOSÉ ROSALES SUÁREZ, contra la Sociedad Mercantil GRANEL GAS COMPAÑÍA ANÓNIMA, ambas partes previamente identificadas. TERCERO: No Hay Condenatoria en Costas.