ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 46 eiusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano IGNACIO FERMÍN ORTEGA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, natural de Hato Mayor, Provincia de Hato mayor, república Dominicana, nacido en fecha 01 de marzo de agosto de 1988, de 23 años de edad, soltero, titular de la cedula de ciudadanía 0270042437-3, hijo de Pascual Fermín (v) y de Violeta Ortega (v), de profesión u oficio Estudiante- Barman, residenciado en San Agustín del Norte, Alcabala Tenería, casa Nº 62, Caracas, Distrito Capital; por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública; de conformidad con lo dispuesto en el 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido cesa toda medida de co.....