DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia ordena conforme al contenido de los artículos 136, 78 y 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 7, 8, 16, 17 y 19 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, que el Funcionario de la Oficina de Registro Civil del Municipio Lobatera del Estado Táchira, inscriba en los Libros respectivos de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante esa oficina registral a la niña: LISBETH KATERINE PADILLA MOGOLLON, nacida en la Aldea Cazadero, Jurisdicción del Municipio Lobatera del Estado Táchira, el día diecinueve (19) de Julio de dos mil dos (2.002), hija de los ciudadanos: MARIBEL MOGOLLON MOGOLLON y FREDDY PADILLA ORTEGA ambos de nacionalidad colombiana, titulares de las cédulas de ciudadanía Nros. C.C.-27.622.105 y C.C.-13.412.766 respectivamente, con inserción de los datos ya suministrados; se previene al citado funcionario del contenido del artículo 273, Parágrafo.....