este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES MENSUALES. (BS. 120.000,00) que serán depositados en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Banfoandes.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO el padre le comprará los uniformes escolares y la madre la lista de útiles escolares.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE el padre le comprara los estrenos del 24 y la madre los del 31 de diciembre de cada año y lo correspondiente al regalo será en igualdad de condiciones
CUARTO Ambos padres cancelarán el 50% de los gastos médicos, vestido, at.....