Primero: Declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación de los demandantes, en diligencia del 13 de octubre de 2005, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 19 de septiembre de 2005.
Segundo: Queda confirmado el fallo apelado dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 19 de septiembre de 2005, que declara la perención de la instancia, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.