Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA FALTA DE CUALIDAD DE LA PARTE DEMANDANTE y en consecuencia declara inadmisible la demanda interpuesta por los ciudadanos Milton Florez Castellanos y Rosa Alba Pernia de Florez, en contra de la ciudadana Elizabeth Moreno de Niño por fraude procesal en el juicio de desalojo de local comercial tramitado en el expediente N° 277-2018 nomenclatura del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial.