LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO, celebrado entre la ciudadana EDUVIGES DEL VALLE COMENARES VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.686.588, asistida por la abogado Ana Dolores García Corzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.495, parte demandada en la presente causa y el ciudadano JORGE FINI SUAREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-1.538.452, con el carácter de demandante, asistido por el abogado William Francisco Moncada Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.400, a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. No se levanta la medida decretada en fecha15 de Febrero de 2006, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento de la obligación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.