III
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la acción propuesta por la Asociación Civil Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa No. PA/US/T/040/2011, inserta al expediente administrativo No. US-T-028-2011, de fecha 22 de junio de 2011, que fuera notificada en fecha 23 de junio de 2011, mediante oficio No. DT/1295/2011, de fecha 22/06/2011, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Táchira y de los Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.....