Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49, 56 y 257 Constitucionales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, por la ciudadana BELKIS ANGARITA DUARTE, representada por los profesionales del derecho Luís Antonio Rojas Mora y María del Carmen Quinto Fadul, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: En consecuencia, queda formalmente establecido que la ciudadana BELKIS ANGARITA DUARTE, nació en el Hospital San Vicente de Paúl, de la ciudad de San Antonio del Táchira, en fecha 04 de diciembre de 1.976, hija de los ciudadanos PEDRO JOSE ANGARITA URIBE, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.763.256 y de la ciudadana MARÍA DEL CAR.....