este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece la cuota de la obligación de manutención en la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUAL.
SEGUNDO: el padre se compromete a comprar los uniformes escolares (ZAPATOS Y ROPA) y la madre se compromete a comprar los útiles escolares
TERCERO: En el mes de Diciembre para los gastos decembrinos el padre se compromete con dotación de útiles (ROPA Y ZAPATOS) para el dia 24 y 31 de diciembre de ambos hijos y la madre se compromete con los regalos navideños de ambos hijos
CUARTO: En cuanto a gastos médicos, medicinas y vestido o cualquier otro gasto adicional, será en igualdad de condiciones, es decir el 50% cada uno cua.....