CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los, domiciliados en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes PAULA ANDREA ROMAN RODAS, Colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de Ciudadanía Nro. C.C-42.018.993 Y EDYNSON RODOLFO LIZARAZO VERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.127.103, asistidos por la abogada en ejercicio LIGIA STELLA CARRILLO BAUTISTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.214.410 por acto celebrado el dia 17 de julio de 2009, por ante el Tribunal del Municipio Pedro Maria Ureña, Estado Táchira, según consta en el acta N°.078