CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: MARINA CONTRERAS SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.213.074, para sus hijos los Adolescentes CARLOS ALFREDO, CARLOS EDUARDO, CRISTIAN JOSE y los niños KEVIN LEOBRADO y YOSMER SNEIDER DUQUE CONTRERAS, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 300.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.600.00), a fin de cubrir gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se es.....