Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 09 de marzo de 2011, por el Juzgado de Primero Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual los adolescentes 1.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 2.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 3.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 4.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 5.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 6.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), 7.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y 8.- (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), fueron sancionados a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE CINCO (05) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y, sucesivamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo.....