PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, ESTO ES:
A.- ADMITE: La calificación Jurídica atribuida por la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público al imputado LUIS HUMBERTO GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, nacido el 20-03-1985, titular de la cédula de identidad N° V-17.930.710 y residenciado en Caricuao, Estación Zoológico, Residencia Yagual, piso 14, apartamento E-14, por la comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto y sancionado en el artículo 175 último aparte del Código Penal, en perjuicio del adolescente Ramírez Romero Herbert Humberto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
B.- DE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO:
B.1.- ADMITE:
Las testimoniales de: KEYLE VERA, CLEIDY VERA, FERNANDO ROSALES y RAMÍREZ ROMERO HERBERT HUMBERTO.
Se admite el Principio de la comunidad de la prueba, solicita en este acto por la defensa.
Las anteriores pruebas se admi.....