ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se levanta la Medida de Coerción personal impuesta al ciudadano BAEZ WILLIAN ALEXANDER, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cedula de Identidad Nº V.- 16.779.472, nacido en fecha 24-08-1976, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de ocupación u oficio vendedor, domiciliado en Santa ana, Colinas de Córdoba, casa N° 21, Santa Ana, Estado Táchira, por la comisión del delito de AMENAZAS, VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA AGRAVADAS Y CONTINUADAS, previstos y sancionados en los artículos 16, 17 y 20, este ultimo en concordancia con el articulo 21 numeral 5 de la Ley Sobre La Violencia contra La Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Deisy Zuleima Bustos y sus hijos, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO d.....