DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana FRANCESCA DEL BIANCO GIOVANNELLA, de nacionalidad Italiana, nacida en fecha 25/03/1974, de 34 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Traductora, portadora del Pasaporte de la República de Italia, signado bajo el N° 439556X, hija de Etteri Luigia Giovannella Y DE Máximo del Bianco Giovannella, residenciada en Mérida Los Chorros, La Calera N° 36, Teléfono 0414-753-11-57, por la comisión del delito de USO DE PERMISO DE RESIDENCIA FALSA, previsto y sancionado en el artículo 326 ordinal 3º del Código Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral tercero en relación los artículos 45 y 48, numeral séptimo, todos del Código.....