1. DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada NINA YUDERKIS GUIRIGAY MENDEZ, Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal.
2. ACUERDA oficiar a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, a los fines que sea designado un Juez accidental para el conocimiento de la presente causa.