Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales antes expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en los Artículos 26, 49, 76 y 78 de la Constitución Nacional, y Artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana JACKELINE MAIGUALY ARRIETA ACUÑA, en nombre y representación de sus hijos adolescentes, (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano EDYS ALFREDO BETANCOURT CARRILLO, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano EDYS ALFREDO BETANCOURT CARRILLO, debe aportar a favor de sus hijos (se omite el nombre por disposició.....