ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del acusado: MANUEL GUILLERMO PINEDA ALGARRA, de nacionalidad Venezolana, nacido en San Josecito Municipio Torbes del Estado Táchira, nacido el día 20 de febrero de 1985, de 21 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº V.-17.108.329, de estado civil soltero, profesión comerciante, hijo de Manuel Guillermo Pineda Barrios (f) y de Rosalía Algarra Vera (v), residenciado en la calle 7, casa Nº 15, Barrio Los Andes, Sector "A", San Josecito, Municipio Torbes del Estado Táchira, en la comisión del delito ROBO PROPIO previsto en el artículo 457 del Código Penal, vigente para la fecha de comisión del delito, en perjuicio de la .....