En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente esgrimidos, esta JUEZ UNIPERSONAL Nro. 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLECENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD incoado por la ciudadana LUZ LINA OCHOA BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.162.139, domiciliada en la carrera 6, Nº 13-40, La Ermita, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, en contra del ciudadana LUIS HUMBERTO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.688.169, domiciliado en la Tasca Restaurante "La Esquina del Recuerdo", avenida Principal de Pueblo Nuevo, frente al Rincón del Caballista, San Cristóbal, Estado Táchira; para que reconozca como a su hijo al .....