EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Tribunal Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaraó IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado PEDRO ANTONIO SÁNCHEZ CHACÓN, actuando en su propio nombre y en defensa de sus propios derechos, contra la decisión dictada por el Tribunal Colegiado Retasador del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 28 de Octubre de 2008.No hay lugar a costas por la naturaleza del fallo.Si transcurrido tres días a partir de la presente fecha la parte interesada no ejerciere recurso de apelación, se ordenará el archivo del expediente