Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 19 de diciembre de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual el adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, fue sancionado a cumplir la medida de PRIVACION DE LIBERTAD, por un lapso de (08) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y en forma consecutiva la medida de REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 Ejusdem, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y.....