Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos, incoado por la ciudadana BLANCA ISMELDA LEON VELASCO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.105.405, domiciliada en la Calle 5 N° 1-23, Los Chinatos, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando con el carácter de madre de sus hijos ..., en contra del ciudadano RAMON REYES JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-13.171.926, domiciliado en la urbanización Los Tomistas, Calle 1 con carrera 8 casa N° 3, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, y en consecuencia, se FIJA como Pensión de Alimen.....