este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ENZO MAURICIO VENTO ALBARRACÍN, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Estado Táchira, nacido el 18 de Agosto de 1971, de 35 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.174.377, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Giusepe Vento Giglio (v) y de Beatriz Albarracín de Vento (f), casado, residenciado en la Urbanización Pirineos, Avenida La Bermeja, Quinta Niño Jesús, No. 1-64, a media cuadra de la cancha Libertador, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono: 0276-3552511, el cual encuadra en la tipificación penal de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de .....