Visto el contenido de la diligencia de fecha 22/02/2008, suscrita por el ciudadano FRANCISCO CARACCIOLO CARRERO NECKER, titular de la cédula de identidad N° V-3.428.937, en su condición de presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA CARRESUSCO C.A., parte demandada, asistido del abogado ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.314, por una parte y por la otra, el abogado MAURICIO BERNAL ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.406, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le .....