´Se condena la indexación o corrección monetaria sobre la prestación de antigüedad declarada
a favor de la Ciudadana LIZA BEYKERS MEDINA NIÑO, será calculada desde la fecha de
terminación de la relación de trabajo, es decir, desde el 29 de junio de 2024, hasta la fecha del pago efectivo y en relación a los demás conceptos condenados a su favor, desde la fecha de notificación de la demanda, 10 de diciembre de 2024, excluyendo de dichos cálculos los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por casos fortuitos o fuerza mayor y por vacaciones judiciales Para la realización de dichos cálculos se efectuará experticia complementaria del fallo, mediante el nombramiento de un experto contable quien procederá según lo establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En caso de incumplimiento voluntario del fallo, se calcularán los intereses de mora y la
indexación o corrección monetaria conforme al contenido del artículo 185 de .....