Primero: Con lugar el recurso de amparo constitucional interpuesto por los abogados Boris Leonardo Omaña Rodríguez y Ana Raybeth Zambrano Pastran, en su carácter de apoderados de Deysi Benigna Jaimes Ochoa, Rosa Elena Chacón Canchita, Enderson Javier Jaimes Chacón, Garzón Libardo Jaimes Ochoa, Mariana de la Consolación Jaimes y Pedro Israel Jaimes Chacón, contra la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Segundo: Declara Nula, la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tercero: Se ordena al Tribunal que le corresponda el conocimiento, previa distribución, dictar sentencia sobre el fondo del asunto.
Cuarto: No hay condenatoria en costas, por tratarse de un amparo constitucional contra decisión judicial.
Quinto: Remítase a la Fiscalía Superior del.....