Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: declara CON LUGAR la demanda de INTIMACIÓN DE COSTAS POR HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por la SOCIEDAD MERCANTIL LATIL AUTO S.A., representada por su director principal PHILIPPE MARIE GEORGES LATIL MILLON, así como por los ciudadanos PHILIPPE MARIE GEORGES LATIL MILLON y LUIGIA BARILE DE ROJAS, actuando por sus propios derechos, contra el ciudadano FABIO RICARDO VEGA MUÑOZ. De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° RC-000218, expediente N° AA20-C-2010-000263, de fecha 13 de mayo de 2011, y a los fines de no incurrir en el vicio de indeterminación objetiva, se fija el monto de los honorarios profesionales en la suma de ciento setenta y tres mil ochocientos cincuenta y tres.....