Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos ANA MERCEDES APOLINAR SANCHEZ e IVAN LEONARDO APOLINAR SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 12.491.173 y V- 10.747.057, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, IVAN DE JESUS APOLINAR MANSILLA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-2.807.621, y así se evidencia de acta de defunción N° 118, de fecha 12 de mayo de 2019, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, y quien en vida fuera padre de los ciudadanos ANA MERCEDES APOLINAR SANCHEZ e IVAN LEO.....