DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado: LUIS ANDRES OLIVEROS FLORES, de nacionalidad Colombiana, Natural de Málaga, Santander, República de Colombia, de 28 años de edad, soltero, Indocumentado, nacido en fecha 09/11/1977, Residenciado en EL Hiranzo, parte baja, carrera 4, casa número 3-18, Táriba, Estado Táchira, por la comisión de los delitos de AMENAZAS, VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16, 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Narváez González Emilia; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 y artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Cesando así las condiciones bajo las cuales se les otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal