III
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la petición solicitada por la Ciudadana LORNA ZARINA MONTOYA JARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.755.195, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y asistida por el Abogado JOHAN MIGUEL SÁNCHEZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.504.316, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.745, relacionada con la declaratoria de Perención Breve en el presente juicio.
SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión.
Notifíquense las partes de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, fi.....