este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA el punto a que se refiere la misma y le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 261 del Código de Procedimiento Civil, quedando firme en todas y cada una de sus partes el acuerdo de la presente demanda y en consecuencia el cierre y arhivo del presente expediente.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del dos mil siete.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABOG. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA,
ABOG. CLAUDIA L., SIERRA J.
Mait.-