ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Penal, DRA. INGRID KATIUSKA LORENZO PEROZO, en su carácter de defensora del imputado JEFERSON ENRIQUE DIAZ GARCIA, en contra de la decisión dictada en fecha 29 de Mayo de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del mencionado imputado, por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, en relación con los numerales 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica que rige la materia.