ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana DIANA CAROLINA SILVA GARCÍA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-19.865.642, soltera, de profesión comerciante, residenciada en Barrios Las Delicias en la carrera 18 entre calles 9 y 10 diagonal al Simoncito La Fría Estado Táchira, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES LEVES GENERICAS, previstos y sancionados en los artículos 218 ordinal Tercero y 413 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Ana Parra y el Orden Público. Regístrese y déjese copia de la decisión para el .....