Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la obligación de manutención, presentada por la ciudadana: , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula JESICA LORENA MONCADA GONZALEZ, de identidad Nro. V- 18.792.879, para sus hijas: JOHESKA FRANJELSI y CAMILA JISSEL BASTOS MONCADA y se decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la obligación de manutenciones la cantidad de MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.800, 00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año, el doble de la obligación es decir la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs.3.600,oo) para cubrir gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciem.....