ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE NULIDAD ABSOLUTA de la resolución para admitir la querella, de fecha 02-09- 2014, de la audiencia de fecha 24-10- 2014, del 10-11-2014, de los actos procesales de diferimiento de la audiencia de conciliación de fechas 10-11-2014, 27-11- 2014, 13-01-2015, 09-02- 2015, 02-03-2015, y 23-03-2015, de la audiencia de conciliación celebrado en fecha 15-04-2015.
SEGUNDO: Se fija la celebración del juicio oral y público para el día VIERNES 17 DE JULIO DEL 2015, A LAS 8: 30 A.M.. Notifíquese a las partes.