declara: CON LUGAR la solicitud de fijación de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana Nakary Moros Ramírez contra el ciudadano Rodolfo Lizarazo Rodríguez, se fijo la obligación alimentaria; que los gastos por medicinas y tratamiento médico serán cubiertos por el padre y la madre en partes iguales; Aperturar cuenta de ahorro en entidad bancaria autorizada, a fin de que sea depositada la Obligación Alimentaria los cinco primeros días de cada mes, una vez quede firme la presente sentencia.