En el día de hoy, veintiséis de Julio de dos mil seis, siendo las nueve y media de la mañana, comparecen por ante este Despacho los ciudadanos: ZENAIDA RAMIREZ HERRERA Y FREDDY OLINTO RAMIREZ CAMARGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº- V-9.232.349 y V-9.227.948, padres del niño: (Identidad omitida por disposición de la LOPNA).- El demandado de autos solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue, expuso: "Me doy por citado en la presente causa y renuncio al lapso de comparecencia de la citación y solicito se realice en este momento el ACTO CONCILIATORIO, con lo cual está de acuerdo la madre de mi hijo.- La Juez visto lo solicitado por el demandado de autos y la aceptación de la parte demandante, acuerda de conformidad y procede a la realización de dicho acto.- El demandado solicitó nuevamente el derecho de palabra y cedido como le fue, expuso:" Ofrezco como PENSION DE ALIMENTOS para mi hijo la cantidad de CIENTO CINCUENTA.....