DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana LUNARCY MORÓN, madre de la niña (Se omite el nombre), en contra del ciudadano SANIEL ANTONIO PÁEZ ZAMBRANO, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión. SEGUNDO: Se ajusta la Obligación Alimentaria que el ciudadano SANIEL ANTONIO PÁEZ ZAMBRANO, debe aportar a favor de su hija la niña (Se omite el nombre), en la cantidad de Doscientos Mil Bolívares (Bs.200.000,oo) mensuales y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una cuota adicional por la misma cantidad, para gastos de estudio y de navidad; la cual será depositada los primeros cinco (05) días de cada mes, en la cuenta de ahorros ya aperturada de Banfoandes, una vez quede firme la presente decisión.
TERCERO: Los gastos por medicinas y tratamientos médicos que amerite la niña (Se omite el nombre), deben ser compartidos en partes iguales por el padre y por la madre, ya arriba identificados. CU.....